Alta en el Padrón Municipal de Habitantes
ActivoInscripción en el registro de habitantes del municipio
Mediante este trámite puede darse de alta en el Padrón Municipal de Habitantes del ayuntamiento donde resida más tiempo durante el año, y, en algunos casos, en nombre de terceras personas.
Puede darse de alta por alguno de los motivos siguientes:
- Por nacimiento — inscripciones de personas nacidas en España que se empadronan por primera vez, en el plazo de un año desde su nacimiento.
- Por cambio de residencia — como consecuencia de un cambio de municipio o país de residencia.
- Por omisión — personas que viven habitualmente en el municipio pero no figuran inscritas.
- sol·licitant — Persona física
- representant — representant_legal
Requisitos
- Residencia: municipi
- Disponer de un título acreditativo del domicilio (escritura, contrato de arrendamiento vigente o autorización escrita de una persona ya empadronada en el domicilio).
- En líneaIdentificació: idCAT Móvil, Certificado digital, Cl@veNecesita un servicio de identificación digital reconocido: idCAT Móvil, certificado digital o Cl@ve.
- Presencial — Cita prèviaIdentificació: Identidad presencial
- PostalIdentificació: Identidad presencial
- Solicitud
- Todo el año
- Resolución
- 3 meses desde la solicitud (Llei 39/2015 art. 21)
- Silencio administrativo
- Estimatorio (Llei 39/2015 art. 24)
Trámite gratuito.
document-identitatSiempreOriginaltitol-domiciliSiempreOriginal · Copiaautoritzacio-empadronamentCondicionalCuando se empadrone en un domicilio donde ya constan empadronadas otras personas: necesita autorización escrita de una persona mayor de edad empadronada que disponga de un título acreditativo de la posesión de la vivienda.Originalllibre-familiaCondicionalPara menores de 14 años que no dispongan de documento de identidad propio.Original · CopiarepresentacioCondicionalSi actúa en representación de menores no emancipados, personas incapacitadas o por representación voluntaria.Original
Nota: para el listado completo de datos y documentos necesarios, así como excepciones o particularidades, consulte la Resolución de 17 de febrero de 2020, de la Presidencia del INE y de la Dirección General de Cooperación Autonómica y Local, sobre la gestión del padrón municipal.